El Tribunal Supremo impone prisión permanente revisable para el asesino de Marta Calvo



Este lunes, la sala de lo Penal del Tribunal Supremo condena a prisión permanente revisable a Jorge Ignacio P.J., autor del homicidio de la mozo valenciana Marta Pelado, cuyo cuerpo descuartizó y todavía no ha aparecido. Encima, elevan a 140.000 euros la indemnización que debe remunerar a los padres de la mozo.

Próximo a la prisión permanente, el Supremo condena a Jorge Ignacio a la pena de 137 primaveras de calabozo por la homicidio de otras dos mujeres, Arliene Ramos y Lady Marcela Vargas, y el intento de otras seis más durante los encuentros sexuales que mantuvieron con él con consumo de cocaína entre junio de 2018 y noviembre de 2019. Estima, adicionalmente, el perjuicio de artículos, ya que el condenado quedaba con mujeres que ejercían la prostitución y eran vulnerables.

En concreto, en una primera instancia, el tribunal del tribunal condenó a Jorge Ignacio a la pena de 159 primaveras y 11 meses de prisión como autor de un delito contra la salubridad pública, un delito contra la facilidad e indemnidad sexuales, seis delitos contra la facilidad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de homicidio telón en calidad de tentativa y de tres delitos contra la facilidad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de homicidio telón consumados, con la perjuicio de discriminación por razón de artículos. Asimismo, le impuso el cuota de indemnizaciones que ascendían a 640.000 euros a las siete víctimas vivas y a los familiares de las tres fallecidas –representadas estas últimas por los abogados Pilar Jové y Juan Carlos Navarro–.

Luego, el TSJCV modificó la sentencia de instancia solo para elevar de 70.000 a 90.000 euros la indemnización que en concepto de responsabilidad civil debían percibir los padres de Marta Pelado, que reclamaban 150.000 euros.

“Asesinos en serie” y un “depredador venenoso”

Tras estudiar el caso, el TS impone la pena de prisión permanente revisable por el crimen tercero, que fue el de Marta Pelado, por entender que no se exige la existencia de condenas firmes previas al crimen cometido, sino que la pena de prisión permanente revisable se aplica todavía a los “asesinos en serie”, que es lo que en este caso ocurrió, ya que mató antiguamente de a Marta Pelado, a quien todavía descuartizó, a dos mujeres más con el mismo procedimiento en el que tenía la previsión de que podría causarles la homicidio, como así ocurrió en tres casos y estuvo a punto de hacerlo con otras seis víctimas.

En el caso, el TS afirma que, como se cita por la criminología, del supuesto del “depredador venenoso”, al cometer los hechos en serie con la presencia de la “compulsión por matar”. Mató a tres mujeres y estuvo a punto de hacerlo con otras seis con el método que empleó.

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