La Fiscalía se opone a que el Supremo investigue a García Ortiz por revelación de secretos en el caso de la pareja de Ayuso


La teniente fiscal del Tribunal Supremo considera que no existen motivos para imputar al fiscal genérico del Estado, Álvaro García Ortiz, un delito de revelación de secretos por la difusión de información sobre el procedimiento por supuesto fraude fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. María Ángeles Sánchez Conde, número dos de la Fiscalía Común, presenta su noticia en el Supremo acerca de la posible tolerancia de una causa penal a García Ortiz, tal y como solicita la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid.

El patrón, investigado por supuesto fraude fiscal en un audiencia de Madrid, presentó una demanda en el Tribunal Superior de Equidad de Madrid (TSJM) contra dos fiscales por la difusión de datos a medios de comunicación acerca de su procedimiento.

Posteriormente de investigarlo y encargarse García Ortiz su responsabilidad, el TSJM envió la causa al Supremo por si existían indicios contra él, poco que rechaza la teniente fiscal, quien defiende que los hechos no son constitutivos de delito y pide el archivo porque “la nota de prensa no perjudicaba ni a un tercero ni a un interés colectivo”. Ha relatado que “en presencia de el interés genérico” generado por la opinión pública, “la nota de prensa emitida por la Fiscalía se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados, los infundios publicados” por tres medios de comunicación, “así como por el Superior del Junta de la presidenta de la Comunidad de Madrid”, Miguel Donaire Rodríguez, en lo que califica como “una campaña periodística orquestada para poner en veto la representación de la Fiscalía”.

Sostiene que algunas informaciones “faltaban clamorosamente a la verdad y confundían a la ciudadanía poniendo de manifiesto unas actitudes por parte de la Fiscalía incompatibles con sus misiones constitucionales y de defensa de la vigencia”. Entre tanto, destaca que las primeras informaciones señalaban “fuentes próximas a la defensa” como el origen de la información acerca de un pacto entre el fiscal del caso y la defensa de la pareja de Ayuso. De esta guisa, excluye la décimo de la Fiscalía y ubica el origen de la filtración en el entorno de la defensa de la pareja de Ayuso, “que sorprendentemente no ha sido objeto de investigación” por el TSJM.

“Datos de manifiesto conocimiento”

Considera que “todos los datos que se dicen revelados por esa nota informativa eran, en verdad, datos de manifiesto conocimiento“, ya que “ya habían sido publicados en diversos medios de comunicación”, por lo que “nos encontramos en presencia de una conducta inocua, carente de antijuricidad material, dada su nula lesividad”, ya que “la nota informativa no resultaba idónea para suscitar daño alguno a la causa pública ni perjuicio al interesado”.

Además destaca “la reacción virulenta” contra la fiscal Jefa de Madrid, Pilar Rodríguez, que “unido a la falsedad tanto de algunas publicaciones periodísticas como de manifestaciones realizadas desde el entorno de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, hizo imprescindible” la difusión de la nota de prensa, con el fin de proporcionar “a la ciudadanía información real, una información que no revelaba ningún cifra que no fuere ya conocido por la opinión pública (…) y que no generaba ninguna violación del derecho de defensa”.

Aunque todavía no se sabe qué ocurrirá con la valor del detención tribunal, fuentes jurídicas consultadas por EFE mantienen dudas de que García Ortiz dimita si le imputan; al contrario, defenderá su representación al favor admitido públicamente ser quien ordenó la publicación de una nota de prensa.

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