El Constitucional avala la reforma que maniata al CGPJ por siete votos a favor y cuatro en contra


Actualizado

El bloque progresista del tribunal vuelve a imponerse y da luz verde a la presentación de la jueza María Luisa Balaguer

C
Cndido Conde-Pumpido, presidente de la Corte Constitucional.PRENSA EUROPA
  • Justicia La presentación favorita del TC: “La Constitución sólo determina de forma inequívoca que el mandato del CGPJ es de cinco años”
  • Tribunales El presidente del Tribunal Supremo alerta de la situación “desoladora” que atraviesa el tribunal

El Pleno de Corte Constitucional ha respaldado este lunes la reforma legal que impide realizar nombramientos discrecionales para el puesto Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), según fuentes jurídicas. La citada modificación legal, impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez A través de sus grupos parlamentarios, mantiene Corte Suprema en situación de colapso, con el 30 por ciento de su plantilla al descubierto.

La presentación del magistrado progresista María Luisa Balaguer, que respondió al recurso de Vox contra la reforma del Ley Orgánica del Poder Judicial, ha recibido el apoyo mayoritario del Pleno presidido por Cndido Conde Pumpidoes decir, los siete votos del sector progresista.

el magistrado María Luisa Segoviano, expresidente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (una de las Salas más colapsadas actualmente por la prohibición del Consejo de realizar nombramientos de sus miembros), que anteriormente compareció ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior muy crítico con la reforma legal , ha decidido finalmente declararlo constitucional.

Una vez más, el bloque mayoritario del Constitucional se ha impuesto al sector minoritario conservador. El proyecto de sentencia del magistrado conservador, César Tolosa, que declaró la inconstitucionalidad de la norma, ha sido apoyada por una minoría del tribunal de garantías y ha declinado su presentación al ser asumida por Balaguer. Los cuatro magistrados formularán votación privada Tolosa, Enrique Arnaldo, Ricardo Enríquez y Concepción Espejel.

Los argumentos

La sentencia de Balaguer, conocida por EL MUNDO, sostiene que la Carta Magna “deja al legislador un margen de actuación suficientemente amplio como para que pueda desarrollarse de forma extensiva el artículo 122”.

El juez destaca que “la Constitución sólo determina, de forma clara e inequívoca, que la duración del mandato de los vocales del CGPJ es de cinco años, plazo en el que se encuentran en el pleno ejercicio de sus competencias”. El actual órgano de gobierno de jueces tiene su mandato ampliado desde el 4 de diciembre de 2018, es decir, al final del año se cumplirán diez años de mandato, una situación sin precedentes en la democracia.

Asimismo, la sentencia destaca que “si bien no existe una disposición constitucional expresa para la regulación del CGPJ en ejercicio, no existe objeción legal-constitucional para que el legislador prevea un régimen excepcional de funcionamiento del Consejo en aquellos casos en que el Las Cámaras no “han cumplido con su deber constitucional de designar a los nuevos vocales, una vez transcurrido el plazo de cinco años”. Asimismo, el texto que será debatido este lunes por el Pleno defiende que “esta configuración del CGPJ en funciones en ningún de ninguna manera afecta su papel de garante de la independencia judicial, ni coloca al órgano en una posición de subordinación respecto del poder legislativo”.

Asimismo, la resolución defiende que el objetivo último de la Ley Orgánica 4/2021 al establecer un régimen para el Consejo en funciones es hacer frente a una situación extraordinaria: el incumplimiento por parte de las Salas de los plazos establecidos por la Constitución para renovar los miembros del CGPJ. para cumplir con un deber constitucional”. Además, para mayor exhaustividad, la sentencia defiende que “el objetivo último de la regulación del CGPJ en funciones no es otro que garantizar que todas las competencias ordinarias del Consejo sean ejercidas en su plenitud por aquellos a quienes corresponden dentro del marco constitucional”. mandato de “cinco años”.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *