176 territorios declarados como zonas afectadas por emergencias de protección



El Consejo de Ministros ha suficiente en su reunión de este martes la manifiesto de 176 territorios de catorce comunidades autónomas como zonas gravemente afectadas por emergencias de protección civil de todo tipo, lo que permite a los damnificados por estos episodios protestar las ayudas previstas en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Franquista de Protección Civil. 

Estas 176 emergencias se produjeron entre el 27 de febrero y el 14 de septiembre pasados y afectaron a distintas zonas y comarcas de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha,  Castilla y Bizarro, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, La Rioja y Región de Murcia.

Entre estos episodios destaca la depresión aislada en niveles altos (DANA) que provocó fuertes lluvias y tormentas a mediados de agosto en Illes Balears, origen de inundaciones, afecciones a carreteras, evacuaciones y retrasos en servicios ferroviarios. La situación fue tan difícil que se activó una situación operativa 2 y fue necesaria la intervención de la Pelotón Marcial de Emergencias.

Asimismo son relevantes las consecuencias de las fuertes precipitaciones, vientos y fenómenos costeros adversos que se produjeron los últimos días de febrero como consecuencia de un temporal que afectó de modo particular a Burgos, Illes Balears, Navarra, La Rioja y Zaragoza, con precipitaciones que causaron inundaciones en zonas próximas a ríos, desprendimientos y cortes de carreteras

Respecto de los incendios forestales, entre el 27 de febrero y el 14 de septiembre son numerosos los registrados, que han afectado a gran parte del división doméstico con consecuencias de diversa consideración, entre las que destacan evacuaciones, cortes de servicios y confinamientos de población.

El positivo decreto suficiente este martes por el Gobierno incluye además varios sucesos asociados al transporte de mercancías peligrosas por vertidos ocasionados tras accidentes, así como cuatro incendios que afectaron a instalaciones industriales; tres episodios de contaminación marítima por vertidos en el puerto de Las Palmas (Canarias) y Playa del Saler (Valencia); un incendio que afectó a una empresa de productos hortícolas en Tomiño (Pontevedra), que obligó a activar un protocolo de emergencia por peligro químico, y una alerta por altas temperaturas, en la Comunidad de Madrid.

Estas 176 emergencias de protección civil han causado daños personales y estragos de distinta consideración en infraestructuras, acervo públicos y privados y servicios públicos, lo que justifica la intervención de la Sucursal Universal del Estado, que se apoya en el principio de solidaridad interterritorial y que tiene siempre carácter subsidiario, complemento de las actuaciones que, en control de sus competencias, son responsabilidad de las comunidades autónomas. 

Ayudas del Ocupación del Interior

De las ayudas previstas en la ley para este tipo de situaciones, reguladas en el en el Auténtico Decreto 307/2005, de 18 de marzo, son competencia del Ocupación del Interior las siguientes: 

  • por daños personales: fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
  • a particulares por destrucción o daños en enseres de primera condición: el coste con un conclusión de 2.580 euros.
  • por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un mayor de 15.120 euros.
  • por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50 por ciento de los daños, con un mayor de 10.320 euros.
  • por otros daños en la vivienda habitual: el 50 por ciento de los daños, con un mayor de 5.160 euros.
  • por daños a nociones comunes de una comunidad de propietarios: el 50 por ciento de los daños, con un mayor de 9.224 euros.
  • a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a término prestaciones personales y de acervo: el valor total de los gastos.
  • a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
  • a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50 y el 100 por ciento según los casos.
  • el positivo decreto además prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Mando Central de Tráfico para el duplicado de permisos de circulación o conducción y para bajas de vehículos siniestrados, así como para la expedición del DNI.

La ley habilita a otros ministerios la posibilidad de adoptar distintas medidas para velar las consecuencias de estos episodios adversos, como son la exención en la cuota del Impuesto sobre Riqueza Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas; medidas laborales y bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social; ayudas a las corporaciones locales, así como obras ejecutadas con carácter de emergencia para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública. 

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