La jefa de ETA Anboto no será encausada por el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco


La Audiencia Franquista sobresee la causa contra la etarra María Soledad Iparraguirre, seudónimo Anboto, por el secuestro y crimen del concejal del PP de Ermua Miguel Bendito Blanco al considerar que su hipotética responsabilidad habría prescrito.

La defensa de Anboto había presentado un procedimiento contra su procesamiento, en él se alegaba que desde que se cometió el crimen hasta que se procesó a la etarra habían transcurrido 25 abriles cuando el plazo de prescripción determinado por la ley es de 20 abriles. La Fiscalía estaba de acuerdo con la posición que había prohijado la defensa

La coartada del coche de la Audiencia

En un coche, los magistrados de la Sala de lo Penal justifican su osadía en que “de lo contrario, se vulnerarían los principios de legitimidad, de seguridad jurídica, de irretroactividad de normas sancionadores no favorables y de prohibición de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

De esta forma los magistrados dan carpetazo a la investigación contra la histórica dirigente terrorista a la vez que marcan el camino que van a seguir con los capital de otros dos ex miembros de la cúpula de ETA, Miguel Albisu Iriarte, Mikel Antza, e Ignacio de Perdón Arregui, Iñaki de Rentería, además acusados en la causa pero que presentaron un procedimiento diferente.

Las acusaciones populares defendían su imputación

Las acusaciones populares defendían que el delito no había prescrito por la ley que declara la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo con resultado de homicidio que fue aprobada en 2022 y que los jueces deberían guiarse por esa norma, de forma que la causa no estaría prescrita.

Sin secuestro, los magistrados explican “no encontramos resoluciones actuales que proclamen la vigencia de la proposición de retroactividad de reglamento penal que proclama, esto es, aquella que considera que una ampliación del plazo de prescripción pueda aplicarse inmediatamente a la persecución penal de hechos que no habían prescrito en el momento de su entrada en vigor”.

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Policía en la T1 del Aeropuerto Madrid Barajas

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