Cárcel para un hombre que abusó sexualmente de su prima pequeña en Almería cuando se quedaban a solas en las visitas familiares


El Tribunal Superior de Equidad de Andalucía (TSJA) ha confirmado una pena de cuatro primaveras de prisión para un verde dibujado de maltratar sexualmente y de forma continuada de su prima pequeña cuando se quedaba a solas con esta en una habitación durante las visitas que la grupo hacía a su vivienda.

El stop tribunal andaluz prohíbe por otra parte al dibujado a aproximarse a menos de 500 metros y a comunicarse con la pequeño durante un periodo de seis primaveras, toda vez que le impone seis primaveras de osadía vigilada, lo inhabilita durante otros ocho para trabajar con menores y le obliga a respaldar una responsabilidad civil de 5.000 euros más intereses.

La sentencia da por probado entre abril y mayo de 2021, la pequeño que contaba con 12 primaveras de antigüedad acudía con su superiora a inspeccionar a su tía en su casa de Almería de modo que una vez allí la pequeño se marchaba a una habitación con su primo para retar con los videojuegos mientras sus respectivas madres se encontraban en otras estancias de la vivienda.

De esta forma, el dibujado aprovechó que los dos se quedaban solos en el cuarto para acariciar algunas zonas íntimas de la pequeño «siempre por encima de la ropa», lo que ocurrió «entre tres y cinco ocasiones» a pesar de que la adolescente le decía a su primo que no le tocara y le retirara la mano, hasta que se veía forzada a marcharse de la habitación cuando este no atendía sus peticiones.

El final episodio de este tipo de abusos tuvo lado el 21 de mayo de 2021, y si acertadamente la pequeño no dijo mínimo a sus padres «por vergüenza», «sí se lo refirió a una amiga» en el instituto, quien a su vez lo comunicó a una profesora, lo que dio lado a que se activara un protocolo.

Por su parte, aunque el dibujado está diagnosticado de esquizofrenia paranoide, no se dio por acreditado que en el momento de cometer los hechos «tuviera sus facultades intelectivas o volitivas, anuladas, alteradas o afectadas en fracción alguno».

El tribunal rechaza el arbitrio de apelación impulsado por la defensa del condenado al no apreciar contradicciones en la lectura mantenida por la pequeño durante todo el proceso en el que ha narrado los abusos a los que era sometida pese a la personalidad «excesivamente tímida, muy introvertida» de la pupila y a que, incluso, la primera exploración «no se hizo en condiciones precisamente favorables a la confianza en sus interlocutores».

«Ignoramos lo que la pequeño declaró durante la etapa instructora del proceso frente a el togado y las partes en una sala Gesell con la intermediación de la técnico psicóloga de la Fundación Márgenes y Vínculos, puesto que la compacto de esa proclamación fue de tan mala calidad que la hace inaudible (…) pero lo que es seguro es que sí confirmó a la perito técnica durante las entrevistas de la evaluación que los tocamientos además alcanzaban a los genitales», expone la Sala de Apelación.

Así, se sirve de la proclamación de la perito, quien apuntó que la pequeño, durante la entrevista, «no consiguió verbalizar los tocamientos en los genitales con palabras, sino que señaló la zona en una papiro del cuerpo humano» por la «vergüenza» y el «pudor» que sentía. Esta lectura pudo corroborarla dos primaveras posteriormente durante el litigio la propia afectada.

En cuanto a las alegaciones de la defensa sobre que la pequeño «no habría reaccionado para impedir los tocamientos», el tribunal rechaza «de plano» dicha condición para alterar la pena en cuanto que la víctima es una pequeño de 16 primaveras y la abandono o no de consentimiento «es sencillamente irrelevante».

Aún así, incide en que se dio por probado que cuando ocurrían los abusos, la pupila «protestaba, retiraba la mano del dibujado sobre su cuerpo en señal de desaprobación de los tocamientos, y como eso le fallaba, optaba por levantarse y salir de la habitación» para «liberarse de una situación que ni entendía, ni aceptaba pero no quería revelar por pudor, vergüenza, timidez y equivocación de seguridad».

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