El parricidio de Vilanova, un crimen sin culpables


“Casi con seguridad Amanecer “Ha influido en su delirio, pero en qué porcentaje es imposible determinarlo”. Esta fue la evaluación psiquiátrica de uno de los expertos que examinó. Ismael, el joven que, durante un brote psicótico, mató a su padre en Vilanova i la Geltrú (Barcelona) en junio de 2019, y luego prendió fuego al apartamento para ocultar el crimen. La Fiscalía acusó a Alba, amiga del chico que creó un personaje ficticio -Julia- a través de Internet, con el que se hizo pasar por su novia virtual, de inducir al crimen, pero tanto el jurado popular primero, como ahora el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), han confirmado la absolución de ambos. El de él, como excusa para su desorden, y el de ella, porque no está demostrado que ella lo empujara al parricidio.

La tesis del Ministerio Público, que pidió 34 años de prisión para ella, fue que Alba fue quien empujó Ismael matar a su padre, pero los peritos psiquiátricos ayudaron al jurado a descartar este extremo por la imposibilidad, desde el punto de vista clínico, de inducir un Ataque psicótico. Fue el propio niño quien se la señaló durante su declaración -“me dijo que tenía que matar a mi padre porque toda mi familia estaba en peligro”-. Según el tribunal, ésta era la única prueba incriminatoria contra ella, pero lo que un acusado dice sobre otro, dice el fallo, “no es suficiente para socavar el principio de presunción de inocencia”.

Aunque ambos mantuvieron varios Conversaciones telefónicas el día del asesinato se desconoce su contenido. En sus comunicaciones de meses, a través de un chat de Signal, “no se encontraron mensajes en los que extorsionara a Ismael ni en los que le indujera a matar a su padre”, señala la sentencia de primera instancia que ahora confirma el TSJC. . Además de inducir el crimen, Alba fue acusado de fraude, ya que convenció al joven, según la tesis de la fiscalía, para que le transfiriera dinero en varias ocasiones para financiar una red parapolicial inventada por ella, y así asistir a varios cursos para su formación y pasar a formar parte del citado “grupo secreto”. Algo que el jurado tampoco dio por probado, pese a la ingresos vía Bizum en su cuenta, que superaba los 7.000 euros, hasta el día en que el padre del niño cambió la contraseña para impedirle acceder a los ahorros familiares.

El jurado desestimó este extremo al considerar que ambos podrían haber tenido acceso a ese dinero, aunque estaba en la cuenta bancaria de Alba. También sostuvieron que el propio Ismael pudo realizar los traslados de forma voluntaria. Así, corrobora ahora el TSJC, el “único engaño que hubo” por parte de la joven fue el creación de un personaje, Julia, quien le anunció al niño que ambos serían padres de gemelos mediante inseminación artificial. Un engaño, considera la Sala de Apelaciones, que no tiene relación con los traslados ni con una “mafia” que exige dinero a Ismael para “salvaguardar la integridad de su familia”.

Respecto a la capacidad de manipulación de Alba, el informes psicológicos Determinaron que “tiene el nivel adecuado de capacidades para establecer relaciones básicas, integrar y analizar adecuadamente la información y prever consecuencias”, descartando así las tesis de la Fiscalía y la acusación particular. Por todo ello, el TSJC desestima ambos recursos, y confirma la absolución de la joven y la de Ismael.

Voto individual

El fallo cuenta con el voto particular de uno de los jueces, quien considera que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación y por ello sostiene que La sentencia tendría que ser anulada parcialmente para volver a juzgar a Alba. Además de los traslados, con la creación del personaje ficticio, “de quien Ismael llegó a enamorarse y creer en su existencia, ya que planeaba casarse y ser padre de gemelos mediante inseminación artificial”, la intención del acusado era “manipularlo”.

Además, señala que los agentes que detuvieron a Ismael cuando confesó lo sucedido no dieron credibilidad a su relato y creyeron que deliraba. Fue con su investigación que comprobaron que lo que les habían contado era real. Entre ellos, las conversaciones de Signal y el grupo de vigilantes inventado. Señala así a la opinión disidente que la conclusión de que no hubo engaño es irracional. Considera, pues, que existía ánimo de lucro, y que resulta ilógico basarse en un peritaje para defender que Alba no pudo inducir el delito, cuando está demostrado que sí engañó al niño haciéndose pasar por una tercera persona.

Ahora, la acusación particular estudia la posible interposición de un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.

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