El TSJM rechaza la querella de Sánchez contra el juez Peinado por prevaricación



El Tribunal Superior de Equidad (TSJ) de Madrid ha rechazado por unanimidad la querella por prevaricación que presentó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra el sentenciador Juan Carlos Peinado, quien dirige la investigación contra su esposa, Begoña Gómez, por supuesto tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

En un utilitario dictado este viernes consta un voto particular que no cambia el sentido acorde de la audacia.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJ se ha pronunciado tras estudiar el referencia que presentó la Fiscalía a amparo de la admisión de la querella que Sánchez –a través de la Leyes del Estado– presentó contra Peinado y su sustituto, el sentenciador Carlos Valle, por dos resoluciones: la providencia por la que se le citó como refrendador en el entorno del denominado caso Begoña Gómez y la providencia por la que se rechazó que declarase por escrito.

Los servicios jurídicos del Estado defendieron que había “múltiples rudimentos” que hacían “evidente” que la audacia de tomarle revelación como refrendador a Sánchez de forma presencial en La Moncloa el pasado 30 de julio era contraria a la ley, porque despojó al presidente del Gobierno de una de las “garantías que le ofrece la Ley de Enjuciamiento Criminal”.

En la querella, a la que tuvo paso Europa Press, la Leyes aseguró que Sánchez tenía que suceder comparecido por escrito en su condición de principal del Ejecutor, al considerar que así lo fija la ley para los casos en los que se le tome revelación por hechos de los que tuvo conocimiento por razón de su cargo de presidente.

Sánchez presentó la querella el mismo día que Peinado acudió a La Moncloa a tomarle revelación como refrendador. Ese día, se acogió a su derecho a no determinar frente a el sentenciador al ampararse en el artículo 416 de la Ley de Parecer Criminal (LECrim) que fija que como cónyuge de Begoña Gómez está “dispensado de la obligación de determinar”.

La Leyes insistió en que la audacia de Peinado de citar al presidente del Ejecutor fue “prevaricadora” porque en su providencia del 19 de julio no había “una sola ruta para motivar o explicar” por qué la revelación no debía hacerse por escrito.

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