Cuatro años de prisión para el hombre que violó a su cuñado menor, que fingió un ataque epiléptico para que parara



Terrible suceso que se ha conocido en las últimas horas. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirma la sentencia de cuatro años y medio que la Audiencia de Málaga ha impuesto a un hombre por abusar de su cuñado, un menor de 17 años. De esta forma se desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del imputado.

Mientras tanto, se ratifican los hechos declarados probados por la Audiencia de Málaga, ocurridos en agosto de 2018. El acusado se encontraba solo en su domicilio de Benalmádena (Málaga) con el hermano menor de su pareja, que había ido a pasar una temporada con ellos.

Aprovechó la excusa de darle un masaje para “con espíritu lascivo, Empezó a desnudarlo y tocarlo.“, según se especifica en la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press. El menor era hábil y fingió un ataque epiléptico. De esta forma consiguió que el condenado se asustara y se detuviera.

El TSJA no ve “ningún error sustancial” en la sentencia de lo declarado por los imputados, testigos y peritos en su presencia a lo largo del juicio oral, “ni en la racionalización crítica de los distintos elementos probatorios que, ponderados en su conjunto, excluyen cualquier atisbo de arbitrariedad”.

El acusado negó los hechos.

Durante el juicio, el acusado negó todos los hechos por lo que fue juzgado con el argumento de que siempre tuvo una buena relación con el menor y su familia, ante el testimonio de la víctima, el cual no presentó ambigüedades ni contradicciones de relevancia a lo largo del proceso judicial. Fue sentenciado por un delito de abuso sexual y aparte de la pena de cuatro años y seis meses de prisión, fue dos años de libertad condicional.

Lo que señala la Audiencia Nacional de Andalucía en su resolución son los datos que corroboran el ataque e indica que la víctima no dejó de simular un ataque epiléptico “hasta que se sintió seguro” con la llegada del personal médico de la ambulancia que el imputado llamó con ayuda de sus vecinos pensando que el ataque era real.

Además, también rechaza los motivos que habrían llevado al entonces menor a denunciar lo que la defensa considera hechos falsos. El TSJA precisa que “Ninguna de las hipótesis que el recurrente considera tiene sentido ni está respaldado por ningún tipo de evidencia siquiera indicativa que pudiera sustentarlo.”

De esta manera, explica que “Ya roza lo intolerable que el partido considere un móvil económico que no existe“, informando que el niño renunció expresamente en el juicio a compensación que podría corresponderle. También rechaza los argumentos de la defensa contra la validez de las pruebas del análisis genético de las muestras tomadas. Estos revelan ADN de los dos y no admite el alegato sobre la reforma de los delitos de agresión sexual, ya que se considera que la conducta delictiva del imputado no fue despenalizada en dicha reforma.

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