los regalos que recibió un funcionario a cambio de tramitar la residencia a extranjeros


La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a seis meses de prisión y un año de suspensión de empleo y cargo público a un exjefe de la Oficina de Tramitación de Documentación para Extranjeros dependiente de la Comisaría Provincial de Castellón por recoger dinero o recibir regalos a cambio de dar citas o agilizar trámites a 12 usuarios, que también han sido condenados a seis meses de prisión. La Corte considera a los 13 acusados ​​autores de un delito de cohecho.

El caso, tramitado a través del procedimiento de Tribunal del Jurado, incorporó un escrito de acusación conjunta de junio de 2020 en el que los imputados y la Fiscalía solicitaron que se dictara sentencia conforme. La Sala fijó el 29 de septiembre para el juicio, en el que los imputados admitieron los hechos y ratificaron el acuerdo anterior, por lo que el presidente dictó sentencia in voce sin necesidad de constituir el jurado popular.

Según la resolución judicial, los hechos se produjeron entre diciembre de 2020 y marzo de 2021 cuando el principal condenado, que ejercía como jefe de la Oficina de Extranjería, sita en la calle Teodoro Izquierdo de Castellón, hizo uso de su “situación laboral” en beneficio propio para “obtener regalos y dinero”, con el fin de dar acceso a la tramitación de documentos a extranjeros, “obteniendo así una compensación por sus servicios de acuerdo con el cargo que desempeñaba”.

De esta manera, el funcionario recibió perfume, naranjas, alcachofas, pasteles, botellas de licor chino, un congelador o un mes de pensión completa con todo incluido en un resort de la provincia, entre otros presentes. A cambio, emitió NIE (números de identificación de extranjero) y tarjetas de residencia de larga duración tramitadas, informó cuando aparecieron en el portal web nuevos nombramientos o el estado de los trámites solicitados por el resto de imputados, personas de nacionalidad rumana, china, argelina o marroquí. Todo ello sin necesidad de que estos últimos respeten colas ni turnos. La sentencia es firme al ser dictada con el acuerdo de las partes, por lo que contra ella no cabe recurso de apelación.

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