La Diputación de Alicante considera que la sentencia del Constitucional «avala» su rechazo al Fondo de Cooperación


El Diputación de Alicante considera que la juicio de la Corte Constitucional (TC) sobre la ley valenciana que regula el Fondo Cooperación El Municipal impulsado por el anterior Gobierno de la Generalitat Valenciana, presidido por Ximo Puig, en el que se declara inconstitucional y nulo el artículo 7 de esta norma, “avala” su posición de rechazo. En concreto, la nulidad del planes sectoriales de este programa para los años 2023 y 2024 que actualmente tiene impugnado ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, institución provincial.

Una vez conocido el fallo del TC, en el que estimaciones parciales él recurso recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la citada ley, declarando nulas dos disposiciones, una de ellas de gran importancia por afectar a las reglas de reparto del Fondo, y avalando el resto de la norma, ha manifestado el presidente de la Diputación de Alicante, Toni Pérez que “respetamos, como no podía ser de otra manera, las decisiones judiciales”.

“Sin embargo -agregó- entendemos que la declaración de nulidad por inconstitucionalidad del artículo 7 de esa ley, al no crear un fondo municipal con los mismos criterios de distribución que el fondo estatal, evidentemente ya representa una retrasar en sí mismo, no sólo a la ley, sino al gobierno presidido por Ximo Puig y al Consejo Botánico. Pérez ha insistido en que esta sentencia “hace igualmente nulos los planes sectoriales que rigen este fondo, aprobado en su momento por la Generalitat, al basarse además en criterios de reparto nulos e inconstitucionales”.

La Diputación Foral presentó ante el TSJCV dos recursos contencioso-administrativos contra los Acuerdos del Consell por los que se aprobaron los Planes Sectoriales de Financiación Básica del Fondo de Cooperación Municipal para los años 2023 y 2024 y aunque el tribunal ha decretado la suspensión cautelar de los mismos, no aún no se ha dictado sentencia.

Cambio de argumentos

«Los argumentos esgrimidos por la Diputación en el litigio administrativo contra los planes sectoriales no son exactamente los mismos que los esgrimidos en el recurso. inconstitucionalidad presentado por el grupo del PP en el Congreso, pero es evidente, a nuestro juicio, que si el Tribunal Constitucional considera inconstitucionales los criterios de reparto establecidos por la Generalitat en la Ley –art. 7-, los criterios fijados en los planes sectoriales también serán los mismos”, argumentó el presidente.

Los servicios jurídicos de la institución provincial estiman, y así consta en el recurso presentado ante el TSJCV, que los acuerdos del Consell y la propia ley vulneran el artículo 64.3 del Estatuto de Autonomía.

Pérez también ha afirmado que aunque la sentencia del Tribunal Constitucional desestima parcialmente el recurso, se ha dictado sentencia voto privadofirmada por cuatro magistrados, quienes consideran que la ley impone la participación forzada de las diputaciones provinciales de forma contraria a la autonomía provincial al no tener en cuenta sus intereses, tanto porque la ley no tiene límite expreso respecto de los fondos a aportar ni de la finalidad que se persigue con ellos, entre otras cuestiones.

El presidente de la Diputación de Alicante ha afirmado, al respecto, que “confiamos en que con el clima de diálogo que, ahora, el nuevo Consell, presidido por Carlos Mazón Se redacta una ley, o se modifica la actual, que dé más libertad y mayor participación a los ayuntamientos y favorezca verdaderamente a los municipios más pequeños, algo que nos faltaba con el Gobierno presidido por Puig.

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