Denuncian el despido de un trabajador enfermo de cncer de la Embajada de Espaa ante el Vaticano


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Fachada de la embajada de España
Fachada de la embajada de España ante la Santa Sede.EMBAJADA DE ESPAÑA
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios Públicos (CSIF) colabora con el bufete de abogados italiano Romolo Reboa y Roberta Verginelli en un denuncia presentada ante el Ministerio de Asuntos ExterioresUnión Europea y Cooperación en el que piden la reincorporación de un trabajador de la Embajada de España ante la Santa Sede, enfermo de cáncer, que fue despedido al finalizar su excedencia.

Según CSIF en un comunicado publicado en su página web, “la Guardia Civil previamente le impidió regresar a su trabajotras completar su descargo, por orden expresa de los responsables de la representación española sin darle ninguna razón justificable en ese momento.

El trabajador despedido, representante de CSIF en la Comisión PLEX ante el Ministerio de Asuntos Exteriores, Es de nacionalidad italiana y trabajó como ordenanza.proporcionando asistencia entre el sector administrativo y la dirección.

CSIF señala que el sueldo en la Embajada era el único ingreso que recibía el trabajador recibir por una unidad familiar de cinco personasuno de ellos con un grado de discapacidad cognitiva del 75%.

Según el sindicato, todo comenzó el 4 de agosto, cuando el trabajador despedido puso fin a su baja por enfermedad. Ese mismo día notificó a la Embajada y al Ministerio para volver a su trabajo el 7 de agosto, pero ese mismo día la Guardia Civil le prohibió acceder al interior del edificio.

Al tener conocimiento de este hecho, CSIF explica que se puso en contacto con la canciller de la embajada para pedir explicaciones, y que la respuesta recibida fue que se había iniciado un procedimiento de despido a través de un despacho de abogados italiano.

Como señala el sindicato, tras solicitar las aclaraciones oficiales pertinentes, el trabajador despedido fue citado 20 días después para informarle de los detalles, pero dicha reunión fue suspendida unos días antes de realizarse porque se le impidió asistir acompañado de su abogado. asesores, como se dijo. Solicité. Pasó cerca de un mes hasta que, tras una nueva petición de CSIF, el Subdirector Adjunto de Personal les informó que el canciller estaba esperando al interesado una certificación que acredite que su enfermedad es de larga duración.

CSIF indica que el trabajador no haber superado el período máximo de baja por enfermedad establecido por la legislación italiana para que el despido fuera procedente.

Como recuerda CSIF, la legislación española prevé un período de enfermedad para el trabajador de 365 días, prorrogables por otros 180, pero sin que implique la extinción del contrato. El sindicato señala que el empleado No recibí la carta de despido hasta el 21 de septiembre y que, durante ese tiempo, fue privado de su salario por los meses de julio, agosto y septiembre hasta que fue notificado.

El sindicato señala también que la Embajada ya ha intentado sancionarlo en dos ocasiones. En uno de ellos, “por una lesión justificada por un parte médico que le impidió abrir una puerta muy pesada en la Embajada” y, en otro, “por no contestar llamadas de un teléfono cuyo cable se había rotoy que el propio trabajador había avisado en varias ocasiones para que procedieran a su mantenimiento.

CSIF colabora con el despacho italiano de abogados Romolo Reboa y Roberta Verginelli en la demanda presentada ante el Ministerio de Asuntos Exteriores solicitando el reintegro a su puesto de trabajo y el pago de una indemnización por los meses en los que no cobraron su salario. Según ellos, la prohibición de una representante sindical para unirse a su puesto de trabajo viola la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

Asimismo, el trabajador tiene envió una carta a la Cámara de Diputados en Italia, dirigida a la Primera Ministra italiana, Giorgia Meloni, denunciando los hechos.

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