Él El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo indica que para desarrollarlo fue previamente necesaria una ordenanza que concretara su regulación.
Él Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Burgos ha declarado la nulidad del procedimiento de contratación desarrollado por el Ayuntamiento de Burgos para la implementación de la Zona de Bajas Emisiones, ya que para desarrollarlo fue previamente necesaria una ordenanza que concretara su regulación.
El juez entiende que dicha ordenanza requiere para su aprobación información pública con el fin de posibilitar a la ciudadanía argumentar al respecto, según la información de la Sala de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Ep.
Sin embargo, en este caso, el ayuntamiento -a través del contrato y del proyecto que se ejecuta- ha establecido primero la zona, decidiendo qué lugares concretos crear e instalando los correspondientes puntos de control, y ha dejado la aprobación para más adelante. de la ordenanza.
La cancha ya se pronunció en su momento sobre esta nulidad y adoptó como medida cautelar la suspensión del contrato, decisión que fue confirmada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL con los mismos argumentos.
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