Borja Thyssen y Blanca Cuesta, absueltos del fraude a Hacienda por el que se enfrentaban a un año de prisión


Un juez de Madrid ha absuelto a Borja Thyssen Bornemisza y a su esposa, Blanca Cuesta, de un delito de defraudación fiscal por el que la Fiscalía y la Abogacía del Estado pedían un año de prisión para cada uno y una multa de 336.417 euros en el caso. de la acusación del Ministerio Público y de casi 1,2 millones en la de los servicios jurídicos del Estado por cuenta del Tesoro.

Los aristócratas se sentaron en el banquillo -con una petición inicial de tres años de prisión que se redujo a uno por dilaciones indebidas en el caso- por ocultar supuestamente casi 1,6 millones en plusvalías en una operación de transmisión de acciones de una empresa. .

El activo de la sociedad en cuestión, Cas Capetó SL, valorado en 9,7 millones de euros, era su casa en Ibiza. Tanto Borja Thyssen como Blanca Cuesta hicieron uso de su derecho a no declarar durante el juicio y defendieron su inocencia en el procedimiento que se inició en 2020 y no se juzgó hasta este año.

En la sentencia dictada por Sonia Agudo Torrijos, juez del Juzgado de lo Penal número 15 de MadridSegún informa Epe.es y al que ha tenido acceso torrevieja news today, se descarta la existencia de delito fiscal.

“No está debidamente demostrado”

En febrero de 2010 se produjo la transmisión de acciones entre la sociedad Cas Capetó y las sociedades holandesas Princess Four BV, Hermosa Beach Holding BV y Martinet Investments BV. El fiscal y el abogado del Estado acusaron a ambos de simular un negocio jurídico para ocultar un beneficio que no declararon.

En la sentencia recurrida, el juez concluye que “del total transferido, 4.197.345,63 euros correspondieron a la venta de las acciones propiedad de Borja Thyssen-Bornemisza, 3.357.881,78 euros correspondieron a la venta de las acciones propiedad de Blanca Cuesta Unkhoff, 839.463,85 euros correspondieron a de la venta de las acciones de Caribean Breeze SL y 1.305.308 procedían de la transmisión onerosa de un crédito titularidad de Borja Thyssen-Bornemisza a la sociedad Cas Capetó SL Los demandados presentaron su declaración del IRPF del año 2010 en la modalidad de tributación conjunta en el que declararon una plusvalía de 2.206.527,50 euros por la enajenación de las acciones de Cas Capetó SL, no queda debidamente acreditado que la plusvalía real obtenida por los imputados fuera de 3.792.564,92 euros y que a sabiendas y con ánimo de defraudar, ocultaron al Tesoro Público una ganancia de 1.586.037 euros”, se lee en la resolución.

De esta forma, el magistrado considera que los hechos que fueron investigados en un juzgado de Pozuelo de Alarcón (Madrid) “no constituyen un delito contra la hacienda pública previsto y sancionado en el artículo 305 del Código Penal” y que “el documental contribuyó a la causa se acreditan las aportaciones realizadas por Borja Thyssen a Cas Capetó en el periodo comprendido entre marzo de 2006 a 2010, mediante transferencias bancarias desde sus cuentas personales, por importe de 1.273.471,18 euros y por tanto sin utilizar artificios para ocultarlas o disimularlas. dichas aportaciones deben ser consideradas como crédito o mayor valor de adquisición de las acciones de la sociedad -cuestión sólo relevante a efectos fiscales-, se considera que no forma parte del delito de estafa o encubrimiento necesario y relevante desde el punto de vista penal. . sigue adelante.

Segunda absolución

En diciembre de 2019, el Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid ya absolvió a Borja Thyssen de un delito contra Hacienda durante el ejercicio 2007 del que también le acusaban la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

La justicia no pudo demostrar que el hijo de Tita Cervera hubiera simulado su residencia en Andorra para evitar pagar impuestos en España, que era el núcleo de la acusación en su contra.

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