El Tribunal Supremo anula una rebaja de condena por la ley del solo sí es sí



Él Corte Suprema rechaza la reducción de la pena a una violador quienes se beneficiaron de la ley del solo si es si y su pena fue reducida de 9 a 7 años de prisión. La Audiencia de Alicante le condenó a 12 años de prisión por los delitos de violación y lesiones con el relación agravante y con la entrada de la nueva ley la Corte aplicó una reducción de 2 años. La víctima recurrió y el Tribunal Supremo ahora le da la razón al indicar que la ley del sólo sí es sí no es más beneficiosa para el condenado, sino todo lo contrario.

Los hechos ocurrieron el 25 de junio de 2015 cuando, ante la insistencia de su entonces pareja, una mujer accedió a reunirse con él y le manifestó su intención de terminar la relación. Ambos partieron en el vehículo del condenado y en ese trayecto éste intentó violarla mientras ella le gritaba “zorra” y “puta”. Ella logró escapar del auto pero La alcanzó, la empujó y en el suelo le dio patadas y puñetazos en todo el cuerpo, incluida la cabeza y el rostro, dejándola semiconsciente. Inmediatamente la llevó a Urgencias de Aspe y le dijo que tenía que decir que se había caído.

¿Por qué la ley del sólo sí es sí no es más favorable?

En la ley del sólo sí significa sí se incorpora otro elemento normativo en el que se fundamenta una agravante concreta, que no estaba prevista en la ley aplicada en aquel momento por el tribunal, relativa a cuando la agresión sexual va acompañada de gravísima gravedad. violencia, “un supuesto agravante cuya presencia se identifica claramente” en los hechos probados. Por eso, el Supremo entiende que con la ley del sólo sí, es el sí en la mano. Su pena sería peor ya que la pena mínima impuesta con dos agravantes (parentesco y extrema gravedad) sería de 11 años, notablemente superior a la impuesta en la sentencia definitiva, por lo que la Sala “deroga sin efecto la reducción de pena” decidida por el Tribunal.

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