piden inhabilitar a una médica por no atender a un paciente que acabó muriendo


Un médico que se encontraba de guardia en el Punto de Atención de Salud (PAS) de la calle Juan Llorens de Valencia en septiembre de 2019 se enfrenta a un año y medio de inhabilitación y una multa de 4.500 euros acusado de negarse a ir a la casa de un paciente, quien vivía justo enfrente del centro de salud, para asistirlo pese a los pedidos de uno de los hijos del paciente porque estaba sufriendo convulsiones. El hombre, que acababa de ser operado del corazón, acabó muriendo.

Sin embargo, la procesada, en su declaración en el juicio que se celebra desde el pasado jueves con un jurado popular en la Audiencia de Valencia, negó haber cometido un delito de omisión de ayuda por denegación de asistencia sanitaria: “Cumplí los protocolos, No puedo salir “Si la CICU no me activa”.

Los hechos ocurrieron, según el relato provisional del Ministerio Público, en la madrugada del 22 de septiembre de 2019, cuando el paciente de 65 años, que había sido operado del corazón días antes, comenzó a empeorar. A la 1:30 horas comenzó a sudar, tener convulsiones y movimientos incontrolados del brazo derecho.

Los niños alertaron al 1:53 al 112 y al 1:58 volvieron a llamar advirtiendo que había perdido el conocimiento y había entrado en parada cardiorrespiratoria. Mientras esperaban la llegada de los servicios sanitarios, uno de sus tres hijos cruzó hasta el centro médico, que estaba justo enfrente, a unos 50 metrossolicitar asistencia urgente y reiteró el pedido cuando la situación de su padre empeoró.

Sin embargo, el fiscal señala que la doctora, que en ese momento dormía en una de las habitaciones del centro, se negó a salir del centro para atender a la paciente a pesar de que esa noche estaba a cargo de la guardia del servicio externo -realizar cuidados domiciliarios-. y que esa noche no recibió ninguna atención.

El hombre finalmente falleció a las 2:42 horas por insuficiencia cardiorrespiratoria. Sin embargo, la inasistencia no tuvo consecuencias en la muerte del paciente, que fue provocada por un taponamiento cardíaco, patología fatal por necesidad.

Pese a ello, el Ministerio Público considera que se trata de “un comportamiento serio del doctor en guardia porque, aunque no pudo salvarlo, sí pudo ayudar y mejorar la situación de alguien que agoniza a unos metros de distancia. “Es repugnante a la conciencia, atenta a los principios básicos de solidaridad y perjudica la obligación de los médicos de cuidar a los enfermos”, afirmó.

Asimismo, ha destacado que “no es cierto” que la normativa, en los casos de atención a guardias externas, prohíba el cumplimiento de la obligación legal de asistir a un paciente salvo que se trate de una asistencia vital justo en las puertas del centro como alega la defensa. . «Pidieron ayuda y no se hizo nada.», reprochó. Asimismo, la acusación particular señaló que la familia “sólo quiere que se haga justicia por los duros momentos que les tocó vivir”.

Por otro lado, la defensa señala que la imputada “no puede en absoluto” ser responsable de un delito de omisión del deber de asistencia porque su cliente actuó con la firme convicción de que la Cicu ya había movilizado los recursos necesarios y señala que quien debe sentarse en el banquillo es la Administración, que “no ha dado ni un euro ni ha pedido disculpas”. «Si la Administración no cumplió, que pague el precio el más pobre.“, conservó.

“Esperando ser activado”

En ese sentido, la imputada relató que el guardia le avisó que en el centro se encontraba una persona diciendo que un familiar estaba enfermo y vivía cerca. Le preguntó si habían llamado al 112. y esperó que le avisaran a través de TETRA – la radio de emergencia en la que transmiten un mensaje con la información básica del paciente, estado y dirección a la que deben acudir.

Así, ha explicado que la normativa interna y el protocolo establecen “por escrito” que “sólo podrá abandonar el centro si es activada por el UCIC para evitar duplicidades en la atención o dejar una emergencia desatendida y que las emergencias sólo puedan ser atendidas en la puerta del centro. “¿Por qué debería tratar a un paciente que está a 50 metros de distancia y no a uno que está a 500 metros?” Ella ha señalado y ha señalado: “Si hubiera dejado el trabajo estaría ahora sentada en el banquillo por haberme ido”, argumentó.

Asimismo, justificó que no salió a hablar con el familiar porque el celador sólo le dijo que se sentía “mal” -y confía en sus compañeros sin querer entrar en valorar su formación profesional para evaluar los casos-, afirmó. Pensó que ya había avisado al 112 y que tampoco salió a comprobar si había llegado la ambulancia porque le dijeron que vivía “cerca, no enfrente”. “Si la norma no ha cambiado, lo volvería a hacer”, concluyó.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *