La Audiencia Nacional sienta en el banquillo a los CDR por terrorismo


La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el auto de conclusión del sumario de la causa contra la rama más violenta de los Comités de Defensa de la República (CDR) y ha acordado abrir juicio oral contra doce personas que estaban procesadas por el crímenes pertenencia a una organización terrorista y posesión, almacenamiento y fabricación de sustancias explosivas inflamables o de artefactos de carácter terrorista.

Se trata de Eduardo Garzón, Esther García, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomas Aubeso, Alexis Codina, Jordi Ros, Guillem Xavier Duch y Rafael Joaquín Delgado, procesados ​​por pertenencia a organización terrorista así como posesión, almacenamiento y fabricación de sustancias o dispositivos explosivos e inflamables de carácter terrorista. Ferrán Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero también están procesados, aunque sólo se les imputa el delito de pertenencia.

Todos fueron detenidos en septiembre de 2019 por la Guardia Civil en el contexto de la llamada Operación Judas y dirigidos contra un grupo de personas a las que el magistrado vinculó al llamado “Equipo de Respuesta Táctica” (ERT), una célula formada por individuos de diferentes CDR catalanes con un gran radicalismo y que pretendían, mediante la violencia, “subvertir el orden constitucional” para lograr la independencia de Cataluña.

Entre otros objetivos, según la investigación, debían asediar el Parlamento de Cataluña interrumpiendo las comunicaciones, pero también la fabricación de sustancias explosivas: se incautaron materiales compatibles con la producción de termita -gran parte adquiridos con una identidad falsa- así como así como manuales y vídeos. También fueron localizados dos inmuebles que habrían sido utilizados como laboratorios clandestinos.

Varios de los imputados recurrieron ante la Sala Penal para que se revoque el auto de conclusión sumaria y esgrimieron distintos argumentos, entre otros, solicitaron la realización de diligencias investigativas que la Sala considera innecesarias en algunos casos y, en otros, explica que podrán acordar en la audiencia oral.

Esfuerzos contra el tsunami

Entre ellas destaca la alegación de que a este caso se incorporaron otros procedimientos que se siguen en la Audiencia Nacional relacionados con el secesionismo violento catalán. En su momento, la Sala coincidió con los imputados en que en los expedientes que los llevaron a juicio había referencias de otras investigaciones, -específicamente, las relacionadas con el Tsunami Democrático- y debían ser incorporadas, lo que se hizo luego de varias dilaciones. meses la conclusión de este resumen.

«La cuestión de la incorporación de testimonios de las dos Diligencias Preliminares ha sido tratada exhaustivamente en la fase de instrucción, y también resuelta, y nada en ese apartado nos permite justificar la revocación de la declaración de sumario cumplimentado o concluido. El Tribunal no puede ver ahora ningún final a esa cuestión que no haya sido decidido. Esto habrá que cumplirlo, porque ha sido firmemente resuelto por el órgano competente para ello”, señala al respecto la Sección Tercera.

Además, los magistrados rechazan la solicitud de sobreseimiento interpuesta por tres de los imputados que alegaban falta de pruebas de la comisión de un delito de pertenencia a organización terrorista.

«La Corte no puede afirmar, por el objeto del caso, que no existieron indicios de que los hechos objeto del caso hubieran sido perpetrados, ni que dichos hechos no constituyeran un delito. Los procesados ​​como presuntos autores o cómplices, finalmente, no aparecen exentos de responsabilidad penal, por lo que no puede haber motivo para desestimar libremente el presente proceso penal respecto de ellos”, responde a este punto la Sala.

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