Condenado a 13 años de cárcel el hombre que mató a cuchilladas a su hijo en Santa Cruz del Retamar


Durante la segunda vista del juicio con jurados que tuvo lugar en la Audiencia Provincial de Toledo el pasado mes de octubre, el imputado y ahora condenado cambió su testimonio admitiendo su culpabilidad.

El imputado, que en la audiencia anterior había sostenido su inocencia alegando que “no tenía intención” de acabar con la vida de su hijo, modificó su argumento admitiendo, a través de dos breves preguntas de su abogado, que en el momento de los hechos “él Quería acabar con su vida”.

De esta forma, el fallo del magistrado, al que ha tenido acceso Europa Press, ha declarado probado, de acuerdo con el veredicto del jurado, que sobre las 23.20 horas del 11 de octubre de 2020, el imputado y ya condenado NP se encontraba en su domicilio de Santa Cruz del Retamar cuando llegó su hijo, GSP

En el transcurso de una discusión entre ambos por motivos familiares, NP acudió a la cocina, tomando un cuchillo de hoja de un solo filo y mango de plástico, con una longitud de hoja de 20 centímetros y un ancho de hoja de 29 milímetros, y con la intención de acabar con la vida de su hijo GSP, o aceptar esta posibilidad, sabiendo que su hijo usaba muletas ya que tenía una patología discal que limitaba sus movimientos, aprovechando esa situación comenzó a decirle: “Voy Para matarte, te voy a matar.” matar”, lanzándole varias puñaladas que GSP logró evitar interponiendo una de sus muletas.

Esta situación continuó hasta que NP lo apuñaló en el tórax, causándole una herida en la región central torácica, de forma ovalada, de unos 40 milímetros de largo por 15 milímetros en su parte más ancha, la cual afectó el corazón, provocando un taponamiento cardíaco que le provocó la muerte. shock hipovolémico.

El fallecido GSP era pareja sentimental de MAD y padre de dos hijos menores de edad, DGP y EGP, era hijo de LP y tenía por hermano a NGP.

Además de la pena de 13 años de prisión, el juez también condenó a NP a la prohibición de acercarse a MAD, a cada uno de sus nietos -DGP y EGP-, a su esposa LP y a su hijo NGP a una distancia de miles de metros durante un período de catorce años.

Además, tras cumplir las penas, se impone la medida de libertad supervisada con duración de diez años, consistente en la prohibición de acercarse a menos de mil metros de MAD, DGP, EGP, LP y NGP, así como comunicarse con ellos y residir en los municipios donde residen.

Como responsabilidad civil, NP deberá indemnizar a MAD y LP con 150.000 euros, a sus nietos DGP y EGP con 250.000 euros cada uno, y a NGP con 15.000 euros, así como a la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones con 51.632 euros. .64, en todos los casos con interés legal.

Asimismo, se imponen al condenado las costas ocasionadas y se le paga por el tiempo que haya permanecido en prisión preventiva para cumplir la pena de prisión.

Esta sentencia no es firme y contra ella se puede interponer recurso de apelación, en el plazo de diez días, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

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