«Conocemos la proposición pero no sus efectos»


La Fiscalía del Tribunal de Cuentas se ha opuesto este viernes, durante el juicio por los gastos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la promoción exterior del ‘procés’, a suspender la vista tras conocer el texto de la ley de amnistía. Según ésta, acordada entre el PSOE y los independentistas catalanes, la medida de gracia borraría también la responsabilidad contable de los hechos.

El representante del Ministerio Público en el procedimiento, luego de que los representantes de los imputados pidieran suspender la audiencia por “economía procesal” una vez registrado el proyecto de ley, se opuso a dicha solicitud y solicitó que todo siga su curso hasta que la ley entre en vigor. y se conocen sus efectos específicos.

«La suspensión no puede subordinarse a un hecho futuro. Sabemos que hoy hay factura. El futuro previsible es que pase por la tramitación parlamentaria y acabe convirtiéndose en una ley con entrada en vigor con su aplicación. “Será entonces cuando se apliquen sus efectos porque ahora conocemos la proposición pero no sus efectos”, argumentó el fiscal Manuel Martín-Granizo.

El texto insta a la absolución

Según el texto de la proposición de ley de amnistía registrada por el PSOE esta semana, se extinguen las “responsabilidades civiles y contables derivadas de los hechos descritos en el artículo 1.1 de esta ley, incluidos los que están siendo objeto de procedimientos tramitados ante el Tribunal de Justicia”. Cuentas, excepto aquellas que ya hayan sido declaradas en virtud de sentencia o resolución administrativa firme y ejecutada”, se puede leer en el artículo 8 sobre sus efectos.

El planteo incluso indica que se debe dictar sentencia absolutoria. Así lo especifica en su artículo 13: «Si el proceso de exigencia de responsabilidad contable tramitado por el Tribunal de Cuentas se encuentra en primera instancia o en fase de apelación, los órganos competentes de dicho Tribunal, previa audiencia del Ministerio Público y de las entidades del sector público sector perjudicado por deterioro de fondos públicos o efectos relacionados con los hechos amnistiados, dictará resolución absolviendo de responsabilidad contable a las personas naturales o jurídicas demandadas, cuando dichas entidades no se hayan opuesto.

Ante el pedido de suspensión por parte de los codemandados, la instructora del procedimiento, Elena Hernáez, acordó que tomará la decisión por escrito, continuando mientras tanto con las diligencias de recolección de pruebas para las que hoy citó a las partes, confirmando su decisión este miércoles, a pesar del registro del proyecto de ley.

Puigdemont no aparece

En la misma sentencia, el jefe del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento y consejero del Tribunal de Cuentas coincidió en denegar la solicitud del expresident Carles Puigdemont de comparecer por videoconferencia en el procedimiento, instándole a comparecer físicamente en la sede del Céntrica calle Fuencarral de Madrid.

El expresidente catalán, prófugo de la justicia y contra el que aún existe orden nacional de detención, no ha comparecido. Su abogado, Gonzalo Boye, ha afirmado que “quería hacerlo pero no ha sido citado personalmente”, así como que no ha tenido tiempo de organizar su viaje desde Bélgica desde que se tomó la decisión esta semana. La asesora de cuentas alegó que negó la solicitud de comparecencia ya que si bien los coimputados tuvieron un año para solicitarla, lo hicieron cinco días antes de la audiencia.

En el ámbito del procedimiento de devolución que este viernes entró a juicio, la Fiscalía del Tribunal de Cuentas cifra la responsabilidad contable del 1-O y la acción exterior del ‘procés’ en cerca de 3,2 millones de euros, mientras que Sociedad Civil Catalana (SCC) ), que encabezó la demanda contra 11 personas, entre ellas los ex consellers Dolors Bassa, Jordi Turull, Raül Romeva y Francesc Homs, asesor de Presidencia del Gobierno de Artur Mas, la eleva a 5,1 millones de euros.

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