La Fiscala apoya el recurso del PSOE ante el Tribunal Supremo para recontar los votos nulos de Madrid


Actualizado

El Ministerio Público “considera oportuno” declarar nula la proclamación de diputado número 16 que obtuvo el PP para la circunscripción de Madrid

Recuento de votos de residentes extranjeros.
Recuento de votos de residentes extranjeros.MIQUEL A. BORRSEFE
  • Elecciones El PSOE recurrirá ante el Tribunal Supremo la decisión de la Junta Electoral de no revisar los votos nulos en Madrid

El fiscal del Tribunal Supremo ha presentado este lunes un escrito en el que apoya el recurso del PSOE para revisar los más de 30.000 votos nulos escrutados en Madrid el 23-J, un recuento con el que los socialistas aspiran a recuperar el escaño que finalmente obtuvo la PP tras examinar el voto en el extranjero.

La Fiscalía considera justificada la petición del PSOE, denegada por la Junta Electoral de Madrid y por la Central, “ante lo ajustado del resultado electoral” y para “despejar cualquier duda razonable sobre la verdadera y exacta voluntad” de los ciudadanos.

“Lo que se impone es afirmar la primacía de la búsqueda de la verdad material, cuyo conocimiento debe prevalecer sobre otras consideraciones y, por tanto, se impone también la revisión de la validez de todos los votos”, señala el fiscal en su escrito. a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS.

El fiscal afirma que la revisión solicitada “es susceptible de afectar al resultado electoral”, lo que tendría un “impacto” directo en el derecho fundamental a la participación política recogido en la Constitución. Explica que “el dato a conservar” en este caso es que “una vez finalizado el escrutinio definitivo, mediarían 30.241 votos nulos y la distancia en la adjudicación del último escaño adjudicado rondaría los 1.340 votos, lo que demostraría la legítima interés en verificar el examen de los votos nulos”.

Tanto la Junta Provincial como, tras el recurso del PSOE, la Central denegaron la solicitud, argumentando que el PSOE no había aportado ninguna justificación para la revisión más allá de la pequeña diferencia de votos. La Fiscalía considera, por otra parte, que se trata de motivo suficiente, sin que el PSOE tenga que aportar ningún indicio de que el voto ha sido contabilizado erróneamente.

A su juicio, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre este tipo de cuestiones “no viene a exigir, inevitablemente, la existencia de algún tipo de irregularidad” para revisar los votos. “Esto no implica, sin embargo, que cualquier solicitud formulada en el curso de dicho escrutinio general no deba fundarse en una razón que llegue a ser razonable, y, sin duda, es razonable fundamentar la solicitud de revisión de sufragio nulo por el estrecho margen de votos con el que se asignó el último escaño”, añade.

El Ministerio Público apoya, por tanto, que se considere “nula de pleno derecho” la decisión de la Junta Electoral Provincial de Madrid de declarar “nula de pleno derecho” al diputado número 16 del PP elegido por la circunscripción. Carlos García Adaneropara proceder a la revisión de los votos nulos, “con posterior proclamación de quien corresponda en atención al resultado electoral que se derive”.

La eventual obtención del escaño número 11 en Madrid por parte del PSOE facilitaría la investidura de Pedro Sánchez. En ese caso, desde el voto afirmativo de Junts no sería tan imperativo para acceder de nuevo a la Presidencia del Gobierno y una abstención de los seguidores de Carles Puigdemont podría bastar.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *