Rebajan ocho años de cárcel a dos violadores en Mallorca por la ley del ‘solo sí es sí’


Mayte Amorós

De 13,5 abriles a 5,5 abriles. Esta es la reducción de condena que, gracias a la ley del ‘solo sí es sí’, han conseguido dos violadores que en 2016 agredieron sexualmente a una novicio en Mallorca.

El Tribunal Superior de Rectitud de las Islas Baleares (TSJIB) ha aceptado el petición planteado por las defensas, en contra de la opinión de la Fiscalía, y ha rebajado ocho abriles la condena impuesta inicialmente a cada uno de los jóvenes.

La Sala de lo Civil y lo Penal ha aceptado en parte las alegaciones de la defensa y considera que existe la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas porque desde la primera testimonio de uno de los investigados hasta el equivocación pasaron casi siete abriles.

La Audiencia de Palma condenó a principios del año pasado a los agresores a 13 abriles y medio de mazmorra a cada uno, pero ahora la pena se deducción en ocho abriles. Se mantiene, eso sí, la indemnización a la víctima de 50.250 euros por daños morales y lesiones, encima de una prohibición de comunicarse o acercarse a ella a menos de 500 metros durante los próximos 15 abriles.

La violación sucedió en la mañana del 18 de junio de 2016 en Palma. Los condenados, posteriormente de una tenebrosidad de fiesta por el Paseo Transatlántico de la caudal balear, se ofrecieron a soportar en coche a dos jóvenes que acababan de conocer.

En vez llevarlas a su casa, el coche se dirigió en dirección a Génova, una pequeña plaza próxima a Palma y que pertenece aún a este municipio. Allí se desvió por un camino de tierra y, según la sentencia, los dos jóvenes y un tercero que no ha sido identificado violaron a una de las chicas, porque la otra se había quedado dormida. Según recogió la sentencia, la novicio no se resistió por el miedo.


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