El tercio explotó y uno de los cristales fue a detener a la cara del trabajador, impactando en su ojo y provocando la pérdida del mismo. Los hechos ocurrieron en 2015 en un bar de Vilafranca del Penedés (Barcelona) y la víctima reclamó a la empresa una indemnización de 152.877,12 euros en concepto de responsabilidad civil.
Sin incautación, la empresa fabricadora de las cervezas se negó, asegurando que el producto no era defectuoso y que la arrebato podría haberse producido por otros motivos, que iban desde el transporte de la caja hasta la manipulación del propio dueño del bar.
No hubo negligencia del fabricante
Ahora, el Supremo ha confirmado la indemnización de casi 128.000 euros, con motivo de la reparación de las consecuencias ocasionadas, a pesar de que “prescinde de la incumplimiento o negligencia del fabricante o importador“.
La Audiencia Provincial determinó que se trataba de una arrebato “inusual y anómala”, apuntando que “una botella de cerveza no debería explotar por lavarla en el válvula”.
La interpretación de los testigos
El tribunal señaló que, según tres testigos consultados, el dueño del bar se encontraba comiendo cuando llegó el repartidor de cerveza y dejó la caja en la mostrador. El hombre le atendió y luego movió la caja de cerveza de la mostrador a la congelador, que se encontraba entre la mostrador y él mismo. Fue luego de moverla cuando explotó el tercio.