El Supremo rechaza revisar los votos nulos en Madrid y al PSOE ya slo le quedara el TC


Actualizado

El partido liderado por Pedro Sánchez aún podrá presentar un recurso de amparo ante el juzgado que preside Conde-Pumpido

El ministro socialista F.
El ministro socialista Félix Bolaós, ayer, en París (Francia).YOAN VALATEFE
  • 23-J La Fiscalía apoya el recurso del PSOE ante el Tribunal Supremo para recontar los votos nulos en Madrid
  • La Junta Central Electoral desestima el recurso del PSOE para el escaño 16 de Madrid: “Será contrario a Derecho y hará inviable el cumplimiento de los plazos legales”

La Suprema Corte rechaza revisión de 30.302 votos nulos en la circunscripción madrileña que impugnó el PSOE y confirma el criterio de la Junta Electoral Central (JEC) y la Junta Provincial de Madrid. En el fallo de la sentencia, la Cámara de Fiestas ha declarado válida la proclamación de los diputados elegidos en esta provincia para el Congreso de los Diputados tras el 23-J -lo que deja 137 para el PP y 121 para el PSOE. Además, ha indicado que “contra esta sentencia no cabe recurso alguno, ordinario o extraordinario, sin perjuicio de la auto de protección ante el Tribunal Constitucional”. Es decir, todavía queda una última opción para el partido liderado por Pedro Sánchez. Curiosamente, el texto legal expuesto por el juez María Isabel Perell identifica que su “guía” para llevar a cabo la resolución judicial ha sido la doctrina del propio Constitucional.

En cuanto a la justificación de su decisión, los magistrados han señalado que “la mera diferencia numérica en los resultados que se aduce en este caso (1.200 votos) no hay suficiente base para la revisión de unos 30.000 votos nulos no reclamados ante la falta de acreditación de la probabilidad razonable de incidencia en el resultado final del escrutinio realizado con todas las garantías”. Un duro golpe para el PSOE, ya que ese fue el principal argumento que utilizaron para realizar la revisión.

También el Suprema Corte Ha dicho que “por muy amplios que sean los criterios interpretativos”, no se puede aceptar que en “el caso concreto analizado, el mero ajuste del resultado requiera la supervisión o verificación de la actuación de cada Junta en el desempeño de sus funciones”. funciones”. Un alegato, a su vez compartido por el Fiscal, que los jueces han dejado como prueba: “Parece ignorar los pilares sobre los que descansa el proceso electoral”.

En este sentido, se ha mencionado enfáticamente que “la ley no concede “tiene un derecho general a revisar los votos nulos no protestados, pero lo concede, como ha precisado nuestro Tribunal Constitucional, cuando existe motivo para su revisión, de lo contrario, dicha verificación la haría siempre la Junta Electoral Provincial”.

LOS ANTECEDENTES DEL CASO

Y es que después de que la JEC no aceptara revisar esos miles de papeles invalidados, el PSOE elevó su petición al Tribunal Supremo por la vía contencioso-administrativa. A pesar de que el máximo órgano de administración electoral indicó que no hubo apelación contra su decisiónel fallo de la Junta Electoral Provincial “sobre la proclamación de cargos electos” se podría apelar, tal como estaba “previsto en los artículos 109 y siguientes de la Ley Electoral”. Algo a lo que se aferraron en Ferraz.

La decisión fue respaldada este lunes por el Ministerio Público, que consideró justificada la solicitud que la formación socialista interpuso ante el Tribunal Superior de Justicia de “el ajuste del resultado electoral” y “eliminar cualquier apariencia de duda razonable sobre la voluntad verdadera y exacta” de los ciudadanos.

Un dictamen contrario a la citada decisión de la JEC. El organismo electoral argumentó que para realizar tal solicitud era necesario presentar alguna evidencia de fallas especificas. Además, ha destacado que en muchos acuerdos donde hay un reto general como el que busca el PSOE no tienen muchos avances. En esta línea, también afirmó que normalmente se revisarán los votos nulos que hayan sido protestados en los colegios electorales. Si no, es difícil.

La JEC tuvo que actuar después, en un primer momento, de la Junta Provincial de Madrid no aceptará realizar el recuento de dichos votos nulos. Fue a raíz del rechazo de la organización regional que el PSOE emitió un comunicado en el que le acusaba de haber infringido la normativa electoral y de violar la constitucion denegando su solicitud de revisión de todos los votos registrados como nulos. Por ello, solicitó a la Junta Central Electoral revocar el acuerdo de la junta regional y acceder a la revisión de todos ellos.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *