El TSJ avala la ubicación de las estaciones de medición de calidad del aire de la Junta recurrida por Ecologistas


La Sala de lo Contencioso-Chupatintas del Tribunal Superior de Probidad de Castilla y Bizarro (TSJCyL), con sede en Valladolid, ha desestimado en su sentencia de 15 de diciembre de 2023 el apelación interpuesto por Ecologistas en Batalla contra la ubicación de las estaciones de la Red de Control de Calidad del Ventilación de la Corporación de Castilla y Bizarro.

Esta Red de Calidad del Ventilación, responsabilidad de la Consejería de Medio Circunstancia, Vivienda y Colocación del Comarca, está constituida por 22 estaciones automáticas que proporcionan las correspondientes mediciones de calidad del canción, utilizadas a nivel autonómico, doméstico y europeo.

La sentencia, según la información facilitada por la Corporación, niega la afirmación de Ecologistas en Batalla, quienes alegaban que las estaciones de medición no están proporcionadamente ubicadas, y rechaza su doble petición: por un costado, el cambio de ubicación de determinadas estaciones de tráfico, y, por otro costado, el desdoblamiento de algunas de estas estaciones para determinar el ozono y el resto de sustancias contaminantes de forma separada.

Tras analizar la legislatura sobre calidad del canción y protección de la ámbito, el TSJ sienta que ésta no exige que las estaciones de tráfico y de medición del ozono deban ubicarse de forma monopolio o preferente en aquellos puntos donde exista una veterano contaminación por concentración de tráfico, sino en aquellos puntos que sean representativos de las concentraciones más altas a las que la población puede ascender a estar expuesta, o que sean representativos de la exposición de la población.

Aclara que una cosa es determinar las emisiones de tráfico, calefacciones o industrias (canción contaminado sin mezclar con el canción círculo) y otra diferente es determinar este canción círculo, es asegurar, lo que respira la veterano parte de la población durante un periodo significativo de tiempo. El objetivo de estas estaciones es la medición del canción círculo, para determinar en qué medida perjudica a la vitalidad humana.

Destaca el Tribunal, haciendo suyos los planteamientos de los Servicios Jurídicos autonómicos, que Ecologistas en Batalla ha utilizado unos aparatos y una metodología que no cumplen la legislatura técnica de medición que sí cumple la Delegación, por la desaparición de un sistema de calidad para el transporte de la muestra, su exploración y los cálculos posteriores. Todo esto hace que los resultados obtenidos por ella no constituyan un término válido de comparación ni ofrezcan garantías de exactitud.

Sobre el pretendido desdoblamiento de las estaciones urbanas de ozono en determinadas localidades, dice la sentencia que este planteamiento siquiera es correcto. Hay que partir de la zonificación hecha por la Delegación, así como de las características poblacionales y territoriales de esta Comunidad.

Se ha acreditado que en sitios pequeños no hay grandes diferencias de contaminación entre unos puntos y otros, y que siquiera hay en estos lugares diferencias espaciales determinantes para poder separar un tipo de etapa de otro. Una misma etapa puede determinar distintas partes del división cuando hay homogeneidad entre los utensilios a considerar: población, tráfico, clima, etcétera.

Adicionalmente, el ozono es un contaminante secundario, que no se emite directamente, sino que se forma en la ámbito, donde tiene motivo el proceso químico, y su presencia no depende de los puntos de teledifusión. El ozono en Castilla y Bizarro tiene un origen foráneo, y por eso su concentración a nivel regional es sobrado uniforme. Por todo ello, no junto a un desdoblamiento de estaciones para que unas midan el ozono y otras el resto de los contaminantes, con distintas ubicaciones, como exige Ecologistas en Batalla. Este pretendido desdoblamiento no resulta de la legislatura aplicable, y, lo que es más importante, no hay ninguna prueba que acredite que las mediciones llevadas a extremidad por la Delegación sean incorrectas o no se ajusten a la legislatura aplicable.

El asesor de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, se congratula por este «importante veredicto legislativo» a atención de la Corporación de Castilla y Bizarro, si proporcionadamente advierte de que dicha resolución legislativo solo será firme si Ecologistas en Batalla no intenta suscitar apelación de casación delante el Tribunal Supremo.

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