El Supremo rebaja la pena a dos hermanos que emborracharon y violaron a una niñera menor al aplicar el ‘sí es sí’


Él Corte Suprema ha rebajado, en aplicación de la llamada ley del “sólo sí es sí”, las penas de prisión impuestas a dos hermanos que se emborracharon y violaron a una menor que acudió a su casa de Madrid para realizar trabajos de niñera.

Los magistrados han acordado reducir de 14 a 12 años la pena de uno de ellos por violar dos veces a la menor; al otro le ha bajado la pena de 7 a 6 años prisión por haber violado una vez a la joven, que entonces tenía 17 años.

El Tribunal Supremo ha modificado las sentencias en contra del criterio de la Fiscalía, que entendió que no correspondía aplicar la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual con carácter retroactivo porque consideraba “proporcionadas” las penas impuestas. En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal ha explicado que, con la nueva ley, el rango de penalización es menor y la pena impuesta debería reducirse.

En la resolución, de la que ha sido ponente la jueza Carmen Lamela, se señala que los hechos se remontan a abril de 2017, cuando la menor acudió -como le había ordenado su tía- a casa de la acusada para trabajar como cuidadora de una niña de dos años. bebé de un mes Luego de explicarle en qué consistiría su trabajo, el hombre la invitó a beber y comenzó a tocarla por encima de la ropa, “a pesar de que ella (la menor) le pidió que parara diciéndole que se quería ir«.

Según consta en la sentencia, “el acusado, lejos de detenerse, con el fin de nublar sus sentidos, le suministró varios vasos de cerveza, haciendo que el menor alcanzara un estado de embriaguez”. Fue entonces cuando la violó.

Dos días después, la tía de la menor insistió en que debía volver a trabajar porque “se había comprometido con la madre del bebé”. La joven “se sintió obligada a regresar para no decepcionar a su tía y porque necesitaba el trabajo”, por lo que regresó. En esta ocasión, el hombre volvió a ofrecerle a la menor bebidas alcohólicas y le propuso tener relaciones sexuales. Ella lo rechazó.

“Dejaron a la menor en el portal”

Ese mismo día se encontraba en la casa el hermano de la imputada principal, quien llevó a la menor a su habitación en contra de su voluntad. Intentó resistirse, pero su estado de ebriedad era tal que no lo logró. El hombre la violó. Su hermano entró a la habitación y llevó a la menor a otra habitación para violarla también.

“Posteriormente, al saber que la madre del bebé estaba por llegar al domicilio, ambos imputados dejaron al menor en el portal”. La encontraron “deambulando por la vía pública” y fue asistido por el SAMUR.

La Audiencia Provincial de Madrid condenó al primero a 14 años de prisión por dos delitos de violación. El segundo fue condenado a 7 años de prisión, también por violación. Ambos llevaron su caso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que desestimó sus recursos y confirmó las sentencias en apelación.

Tras la entrada en vigor de la ley del ‘sólo sí es sí’, se preguntó a los hermanos si iban a pedir una revisión de las sentencias. El Tribunal Supremo ha estimado los recursos y ha anulado la sentencia impugnada.

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