Diócesis e inquilina de la casa rectoral de Coles se querellan



La Diócesis de Ourense y la empresa Vides Singulares, que regenta el enredado enoturístico en la casa rectoral San Eusebio (Coles), se verán las caras en el Audiencia de Instrucción número 2 el próximo 11 de enero. La Iglesia pretende desahuciar a la empresa a la que alquiló la finca, una bodega y una vivienda por el impago de 46.994 euros, que la parte arrendadora argumenta en que dejó de acreditar, pues el inquilinato era una alternativa temporal a la liquidación, que se había firmado en su día como promesa, que la Diócesis incumplió. En todo caso, dicho pacto, muy dispuesto a los intereses de la Iglesia, no obligaba en ningún momento a la Diócesis a completar la transacción, según el articulado del pacto. 

Maite Director, una de las socias, adquirió en junio de 2020 (con compromiso de liquidación) la casa rectoral con una superficie de 1.044 metros cuadrados, una bodega enterrada en los aledaños de la iglesia y dos hectáreas de viñedos con variedades de uva como godello, treixadura y albariño. En su momento, su empresa quería comprar todo el conjunto, pero las propiedades estaban hipotecadas (para saldar deudas de otra sociedad dependiente de la Diócesis), por lo que se firmó un inquilinato de 15 abriles de cuya renta de 3.500 euros se iban devengando 2.500 del precio final de liquidación (cerca del millón de euros) hasta el 31 de diciembre de 2021, cuando vencía el compromiso de iniciar actuaciones para entregar las propiedades. 

Una vez presentación esa término, según la parte empresarial, la Diócesis no volvió a objetar y la empresaria intentó negociar y pidió que, de seguir pagando un inquilinato, se siguiese detrayendo parte del precio de la futura liquidación, poco que la sociedad Seminare, dependiente de la Diócesis, no llegó a objetar. Fruto de esta descuido de respuesta, a partir de agosto de 2022 la empresaria dejó de abonar el inquilinato y presentó una demanda por incumplimiento de pacto contra la Diócesis, al entender que “la arrendadora no había cumplido ninguna de las condiciones previas pactadas para poder proceder a la liquidación”. La Diócesis respondió con una demanda de desahucio contra la empresaria, que se dirimirá en una apariencia contencioso el próximo 11 de enero.

“Solo desde 2020 hemos realizado inversiones fijas aquí por valencia de 150.000 euros porque no preveíamos seguir siendo inquilinos, sino que entendíamos, como estaba firmado, que íbamos a ser los propietarios. Este circunscripción en inquilinato no nos interesa, no es rentable. Necesito restaurar y acaecer de 7 a 11 o 12 habitaciones y tener cuatro hectáreas más de viñedo. Tenemos la firme voluntad de acreditar, pero necesitamos el compromiso de liquidación”, explica Director, que muestra su temor más profundo: “Temo que detrás de esto estén otras ofertas más altas que haya recibido la Diócesis, ahora que hemos cogido un conjunto en desuso, lo hemos reformado y lo hemos puesto a funcionar”. 

Como se expresa en la respuesta a la demanda del Obispado, la particular alega que se ha estado “abonando un inquilinato no querido y más allá de lo pactado en el tiempo, con un esquema empresarial absolutamente en el éter (impago hipoteca incluido), a voluntad de la Diócesis”.

“No hubo acto alguna”

En el pacto firmado en su día se expresaba con claridad que Vides Singulares “pretende la importación de las fincas (…) a través de la adquisición a la Diócesis de la mercantil Seminare, de la cual la Diócesis posee el 100% del renta social”. Y en ese mismo pacto, se recogía que “cedido que a día de hoy no es factible cumplir las condiciones requeridas para tal fin, se plantea como opción temporal el presente arrendamiento”. Es proponer, el pacto explicita que se trataba de una “opción temporal”, que es lo que argumentan ahora los empresarios, que acusan a la Diócesis de “incumplir” su parte y no iniciar las actuaciones previas para venderle la mercantil Seminare  a vallado de 2021: “En tres abriles no iniciaron acto alguna”.

La Iglesia firmó cláusulas favorables que le permitían evitar la transacción

La Iglesia se agarra, entre otros apartados, al párrafo cuarto de la tratado cuarta del pacto de promesa de liquidación, en el que se señalaba que si la parte vendedora no pudiera transigir a final la promesa de liquidación, “el pacto de arrendamiento entre las partes quedará prorrogado hasta los 25 abriles de duración”. Una condición que la defensa de la empresaria reclama como “nula”, por ser puramente “arbitraria”. De hecho, hay otras cláusulas que desde la parte arrendataria ahora reconocen como “abusivas” pero que allanan el camino a la Diócesis, como que esta no indemnizaría tras el fin de pacto cualquier tipo de inversión realizada. Ahora, los empresarios reconocen que asumieron estas condiciones porque entendían que en 2022 el adecuadamente sería de ellos. 

Fuentes del Obispado señalan su “vontade de diálogo” con la arrendataria y niegan que detrás de esta voluntad de desahuciarla existan otras ofertas más atractivas. Apelan a la “cautela” y a la “discreción” al ser un “tema privado” pero insisten en que ellos no quieren “deixar a ninguén na rúa” y que simplemente han apostado por un diálogo que, de no fructificar, debe finalizar con el desahucio. 

El tribunal decidirá. Los empresarios insisten en que el 31 de diciembre de 2021 era una término contorno, y aunque la Iglesia se reservó en las cláusulas del pacto la posibilidad de finalizar por rehusar la liquidación, todavía puede suceder ocupación al acuerdo. 

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