La convocatoria establece que las ayudas pueden cubrir hasta el 60% del valor del arrendamiento. ¿Quiénes pueden solicitarlas?
Requisitos
Podrán conseguir una ayuda para el 60% del arrendamiento las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Menores de 36
- Familias numerosas y monoparentales
- Emigrantes retornado a Galicia recientemente y con una estancia mínima de 2 abriles fuera de España
- Inscritos desde hace más de un año en el Registro único de demandantes de vivienda protegida
Otro interesados
Las personas interesadas que no cumplan con estas condiciones podrán optar a una ayuda del 50, 40 o 30 por ciento del coste del arrendamiento. Se tendrán en cuenta los ingresos de los beneficiarios, así como respaldar un funcionamiento más puntual y distributivo del software. Para estos casos, se tendrán en cuenta:
- Los ingresos de la pelotón de convivencia: no podrán aventajar 3 veces el Iprem (25.200 euros/año)
- Cuánto más bajos sean decano será el porcentaje de renta subvencionada
¿Qué es el Iprem? Es el Indicar Sabido de Renta de Artículos Múltiples. Para calcularlo, debes mirar la última proclamación de la renta y despabilarse el apartado 455, para una sola persona, o la casilla 465, para personas que realizan una proclamación conjunta del IRPF.
El tope se elevará 4 o 5 veces el Iprem a familias numerosas o con algún miembro con discapacidad.
Límites
La convocatoria limita el precio del arrendamiento de los hogares para los que se solicita la ayuda, teniendo en cuenta el concello en el que se encuentren:
- En las siete ciudades: arrendamiento mayor de 600 euros
- Concellos zona 1 (villas y ayuntamientos de carácter urbano): 550 euros
- Resto de Galicia: 425 euros.
Cómo solicitar
Si estás interesado en solicitar esta ayuda puedes hacerlo de forma telemática a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia con tu certificado digital.