¿Cómo saber si me ha tocado?



Las elecciones en Galicia son el primer plato de las, al menos 3, convocatorias a las urnas que tendrán empleo este año 2024. 2.693.624 personas están llamados a participar en las elecciones gallegas del próximo 18 de febrero y más allá de las apuestas sobre cuál será el resultado hay una núcleo que suscita asimismo muchas expectativas: el sorteo de las mesas electorales.

Cada mesa electoral está compuesta de un total de tres miembros: un presidente y dos vocales. Estas personas se eligen por sorteo entre todas las personas incluidas en la repertorio de electores de la mesa correspondiente. Dicho sorteo se celebró entre el 20 y 24 de enero, dependiendo de cada cabildo. Para ser miembro de una mesa electoral los únicos requisitos que hay que cumplir son:

  • Ser beocio de 65 abriles
  • Entender ojear y escribir
  • Para ser presidente habrá adicionalmente que tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo graduación o subsidiariamente el de Licenciado Escolar o equivalente

Los agraciados con este ‘premio’ sabrán que han sido elegidos miembros de una mesa los durante los 3 días posteriores al sorteo, es opinar las notificaciones se han realizado entre el 21 y el 27 de enero.

¿Cuánto cobran los integrantes de una mesa electoral?

Al aceptar la notificación de ‘premiado’ se entrega un manual de instrucciones en el que se detallan las funciones que deben desempeñar. Aquellos que finalmente integren la mesa electoral, es opinar no se incluye a los suplentes a quienes se les permite regresar a su casa una vez formada la mesa, tienen derecho a:

  • Una dieta, que varía según la comunidad autónoma y los comicios y que es aprobada algunas semanas antiguamente de que se celebren las elecciones.
  • Una reducción de cinco horas en su trayecto de trabajo en el día inmediatamente posterior.
  • A estar protegidos por el sistema de la Seguridad Social “frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su billete en las elecciones”.

¿Y si uno de los ‘premiados’ no se presenta el día de las elecciones?

Uno puede incurrir en una pena de prisión de tres meses a un año o a una multa de seis a 24 meses si no acude al colegio electoral en el que ha sido convocado. Incluso cuando la notificación se retrasa o no se recoge se está obligado a personarse. Siquiera pedir el voto por correo implica que luego no le vayan a clasificar a uno como miembro de una mesa.

¿Cuáles son las causas justificadas para librarse de una mesa electoral?

La Ley Orgánica del Régimen Electoral Genérico (LOREG) recoge una serie de justificaciones para rehusar formar parte de una mesa electoral. Estas deben ser acreditadas con su debida documentación con los requisitos que se detallan en la Instrucción 6/2011 de la Concilio Electoral Central en el plazo de 7 días desde la notificación. Entre otras se contemplan las siguientes:

  • Ser viejo de 65 abriles
  • Tener reconocida una disparidad eficaz o intelectual
  • Tener la condición de pensionista de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez o una situación de incapacidad temporal para el trabajo, acreditada mediante la correspondiente pérdida médica.
  • Estar gestando a partir de los 6 meses de contrariedad
  • Internado en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos
  • Ser la víctima de un delito y acreditar que se tiene que formar parte de una mesa electoral en el colegio en el que el autor del delito (condenado o investigado) está llamado a las urnas
  • Ser hermana, durante el periodo de lactación natural o químico, hasta que el bebé cumpla 9 meses
  • Cuidar de guisa directa y continua, por razones de escolta permitido, de menores de 8 abriles. Cuidar de guisa directa y continua a un emparentado hasta el segundo graduación de consanguinidad o afinidad. Igualmente ser hermana o padre de menores de catorce abriles, cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse del beocio durante la trayecto electoral.
  • Con una perjuicio, dolencia o enfermedad física o psíquica
  • Tener una intervención quirúrgica o de pruebas clínicas relevantes en el día de la votación en los días inmediatamente anteriores, o en el día próximo a aquella, siempre que resulten inaplazables.
  • Pertenecer a confesiones o comunidades religiosas en las que el ideario o el régimen de clausura resulten contrarios o incompatibles con la billete en una mesa electoral.
  • Los directores de medios de comunicación de información universal y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la trayecto electoral.
  • Que el día de las elecciones tengan empleo eventos familiares de distinto relevancia que resulten inaplazables

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *