los productos calificados como ‘premium’ que realmente no lo son


En los últimos tiempos se ha detectado una avalancha de productos de todo tipo que llevan el calificativo de ‘premium’. Esta palabra en la ceremonial significa que vamos a enriquecer más porque entendemos que el producto o servicio que se adquiere es de decano calidad.

Hablamos con Jorge Oria, abogado de Clarke Modet, entendido en marcas y patentes: “Hemos experto que el uso de estas denominaciones pueden crear confusiones en los consumidores. Se puede etiquetar como ‘premium’ a productos de todo tipo, como tecnología, papel, telas, bolígrafos….si correctamente es cierto que lo que más predominan son los alimentos y bebidas, es el porcentaje más stop con esta denominación”.

Según la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), actualmente hay 1.327 marcas que contienen el calificativo de ‘premium’, entre estas marcas se registran 448 alimentos y bebidas. Ahora el Servicio de Agricultura, Pesca y Víveres ha decidido tomar cartas en el asunto y profesar un decano control. Se prevé poner en marcha inspecciones y sanciones para los empresarios que no cumplan con los requisitos que se exigen con el etiquetado y el control de calidad. La cuantía de estas multas dependerá de la comunidad autónoma, por ejemplo en Canarias se ha fijado un reducido de 15.000 euros, en Andalucía 60.000 euros y en Cataluña y País Vasco pueden lograr a enriquecer una multa de 100.000 euros por etiquetas que lleven a confusión o simulación al consumidor.

Oria advierte: “Los etiquetados incorrectos están sujetos a multas administrativas, y encima tendrán que proceder a la retirada de esa ceremonial y a la sustitución por otra que no incluya el término”.

Sin diferencias claras para el consumidor

Lo atractivo es que en muchas ocasiones el consumidor no es capaz de distinguir entre un producto central y otro premium, así lo reconoce el entendido en marcas y patentes: “El consumidor no es capaz de percibir la diferencia, con lo cual si no tiene un pájaro de remisión puede tener un impacto confusionario, y creyendo que está recibiendo un producto superior, en verdad es el mismo. El etiquetado ‘premium’ da ese ámbito de entrada calidad y atractivo que hace que el consumidor lo adquiera”

El abogado matiza que no se puede internacionalizar, porque los productos ‘premium’ claro que existen: “Una audacia generalizada de prohibir el uso de ‘premium’ en el etiquetado podría no ser del todo desafío o coincidente a derecho. Por eso hay que analizar caso por caso porque puede tener supuestos en los que esté más que justificado utilizar ese término”.

Importante a tener en cuenta cuando vamos a comprar: “Que se especifiquen datos de dilucidación en la ceremonial sobre ese producto calificado como ‘premium’ y, si es así, el aventura de llevarnos a simulación se minimiza”.

Oria insiste en la importancia de “ser más cuidadosos a partir de ahora, y precavidos a la hora de hacer una buena política marcaria y de propiedad intelectual industrial, así como cumplir con los requisitos de un valentísimo etiquetado“.

Los consejos a seguir son: “Valorar si el producto se puede comparar a otro producto de pequeño calidad o menores prestaciones, estudiar qué ventajas nos da ese producto ‘premium’ con respecto a otro, ver si merece la pena ese plus en el precio y no caer en el atractivo factible de que por el solo hecho de que lleve ‘premium’ considerar que es interesante con respecto al que no tiene este calificativo.

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