Puigdemont fue el “líder absoluto” del “Tsunami Democrátic”, según los…


El togado de la Audiencia Franquista Manuel García Castellón, encargado de investigar a “Tsunami Democrátic”, pidió el crónica de los fiscales del Tribunal Supremo que se mostraron a auxilio de investigar al expresidente catalán y eurodiputado de Junts, Carles Puigdemont, por terrorismo, y en el que le señalan como el líder “inmutable” de “Tsunami Democrátic” por su “patrocinio intelectual y ético”.

El crónica recoge el apreciar de los fiscales de la sección primera de lo penal del Supremo que el pasado 6 de febrero votaron a auxilio de investigar a Puigdemont por terrorismo en la causa que hasta ahora instruye el togado de la Audiencia Franquista Manuel García Castellón. En aquella juntura de fiscales, 15 de sus miembros apreciaron, por 11 votos frente a 4, que había indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y contra el diputado del Parlament por ERC Ruben Wagensberg -ambos aforados- y, por 12 a 3, que puede activo delitos de terrorismo.

Juez García Castellón
Togado García Castellón

De esta forma, tumbaron el crónica redactado por el fiscal del TS Álvaro Claro, que por contra entendió que no hay indicios racionales de criminalidad contra Puigdemont y Wagensberg, y siquiera apreció delitos de terrorismo, sino de desórdenes públicos graves, falsedad documental, coacciones y daños. 

Sin bloqueo, los dos presidentes de la sección primera, Fidel Prisión -uno de los cuatro fiscales del discernimiento del “procés”- y Joaquín Sánchez-Covisa, mostraron posturas enfrentadas. El primero en contra del crónica de Claro y el segundo a auxilio, lo que propició que sea su superior jerárquica, la teniente fiscal del Supremo María Ángeles Sánchez-Conde, quien deba resolver el conflicto unificando el criterio de la Fiscalía en este asunto.

Liderazgo de Puigdemont

Fidel Prisión, que redactó el texto a petición de María Ángeles Sánchez-Conde, defiende que la mayoría de la juntura de fiscales ve una “pluralidad de indicios” que acreditan el “liderazgo inmutable” y la “autoría intelectual” de Puigdemont. El fiscal sostiene, por otra parte, que la mayoría de la juntura aprecia, “delitos graves de detención ilegal terrorista”, falsificaciones masivas y continuadas, uso divulgado de particular solemnidad y con utilización de sustancias pirotécnicas inflamables”.

En este sentido, insisten en que “desde el principio Puigdemont estuvo informado de la constitución del clan organizado animado por fines de subversión del orden constitucional y desestabilización moribundo de las instituciones democráticas impidiendo a los poderes públicos cumplir sus resoluciones”.

Asimismo, apuntan que la finalidad de dichas actuaciones “no era otra que desestabilizar gravemente las estructuras políticas y económicas de España, alterando gravemente la paz pública al impedir a los poderes públicos y en concreto al Tribunal Supremo el cumplimiento y ejecución de sus sentencias firmes”. A su discernimiento, las conductas descritas y atribuidas a Puigdemont pueden considerarse, “al menos en este momento procesal”, como “ilícito penal y concretamente como delitos de terrorismo”. Entienden que el Tribunal Supremo es el que debería encargarse la investigación.

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