veintiún años de cárcel por asesinar a su novia el día de Navidad de un tiro en la cabeza


«Me voy, he matado a la chica». La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Honestidad de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a veintiún abriles de gayola impuesta en octubre del pasado año por la Audiencia Provincial de Alicante a un hombre que asesinó a su compañera sentimental tras dispararle en la individuo en Elche.

El Detención Tribunal valenciano desestima así el medio de apelación interpuesto por la defensa, al entender que el veredicto del grupo popular sobre la que se sustenta la sentencia de instancia estuvo «suficientemente motivado».

«Ninguna incumplimiento de la presunción de inocencia se ha podido apreciar. A la condena por el delito de homicidio con la perjuicio de variedad se llegó desde la existencia de prueba de cargo suficiente», señalan los magistrados en la sentencia de apelación.

Según informa el TSJCV, los hechos ocurrieron el 25 de diciembre de 2021, en el domicilio del propio marcado, cuando éste asesinó a la víctima tras dispararle con un arsenal corta en la individuo.

La mujer pretendía romper la relación sentimental que mantenían desde mediados de noviembre de ese mismo año por el control al que él la sometía y que le impedía, entre otras cosas, relacionarse con amigos compatriotas.

Tras perpetrar el crimen, el perverso bajó a la calle y les dijo a unos vecinos que estaban celebrando la Navidad «me voy, he matado a la chica», para huir posteriormente con la ayuda de una tercera persona no identificada a Alicante y tratar de eludir de esa guisa la argumento de la honestidad.

Siempre según las mismas fuentes, el penado estuvo en los días posteriores escondido en diversos domicilios hasta que fue detenido, el 30 de diciembre, en una vivienda donde residía otra expareja suya.

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por el grupo popular, la Audiencia de Alicante le condenó a vigésimo abriles y un día de prisión por un delito de homicidio con perjuicio de discriminación por razón de variedad y a otro año de gayola por un delito de tenencia ilícita de armas, así como a abonar indemnizaciones a los familiares de la víctima por un total de 255.000 euros.

Ese decisión ha sido confirmado en su integridad por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV en una sentencia dictada el pasado 20 de marzo, que no es firme y puede ser recurrida en casación frente a el Tribunal Supremo.

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